CÓMO ACTUAR EN CASO DE DESPIDO
Nadie quiere pensar en ser despedido, pues lógicamente es una situación muy difícil económica y personalmente. Sin embargo en algún momento de nuestra vida podemos enfrentarnos a esta posibilidad, por lo que siempre es mejor estar informados. Esto nos evitará una carga añadida y nos dará opciones reales de defendernos ante nuestra empresa. Informese en Abogado Laboral Bilbao.
El único despido válido es el que se hace por escrito: no acepte el que le haga la empresa por teléfono o por whatsapp. Si le han entregado la Carta de Despido pero no está muy seguro de si reclamar o no, exprese que está ‘no conforme’, ya que esto le abre la posibilidad de reclamar más adelante. Tome también la precaución de preguntar las dudas que tenga y en llamar, si fuera necesario, a un representante de los trabajadores. Utilice el tiempo que necesite para este trámite, aunque la empresa le indique que firme cuanto antes y consulte a nuestros abogados expertos de Abogado Laboral Bilbao.
A la hora de reclamar frente a la empresa, en la mayoría de los casos es necesario presentar primero una Papeleta de Conciliación porque así lo establece la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. La Conciliación es un acuerdo de tipo extrajudicial, es decir, que se intenta lograr un acuerdo de manera amistosa sin llegar a los Tribunales. De esta forma tanto trabajador como empresa se reunirán y tratarán de solventar la situación. El acto se lleva a cabo ante los servicios de Conciliación que existen en cada Comunidad Autónoma. En Abogado Laboral Bilbao le informamos con más detalles.
Una vez realizado el acto de Conciliación, si el acuerdo no se produce entonces Abogado Laboral Bilbao podrá acudir a la vía judicial, lo cual se hace por medio de una demanda. Es importante que le entreguemos a nuestro abogado de Abogado laboral bilbao todos los documentos que estén relacionados con nuestro caso, como por ejemplo: un parte médico que justifique la ausencia del trabajo, información que nos haya entregado la empresa, etc. Esto será muy importante a la hora del juicio.
Los despidos que se consideren improcedentes darán derecho a que el trabajador reciba una indemnización. Por su parte, si el despido se considera nulo, el trabajador tendrá derecho a ser readmitido. También se le deberán pagar los salarios de tramitación, es decir, los dejados de percibir durante el proceso judicial. Si tiene dudas consulte con nuestros abogados de nuestro despacho de Abogado Laboral Bilbao.
MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES DEL CONTRATO
¿Le han cambiado el horario de trabajo sin previo aviso? ¿Le han bajado el sueldo y no está de acuerdo? A continuación, en Abogado Laboral Bilbao, le explicamos qué hacer en este tipo de casos.
Para lo relativo a esta cuestión tenemos que acudir al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, donde se indica claramente que se considerarán modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
- Jornada de trabajo.
- Horario y distribución del tiempo de trabajo.
- Régimen de trabajo a turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía salarial.
- Sistema de trabajo y rendimiento.
- Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39.
Por lo tanto, en Abogado Laboral Bilbao, consideramos esto como un cambio como el de los ejemplos que hemos citado antes se considera una modificación del contrato.
Es importante tener en cuenta que estas modificaciones se pueden realizar sobre un conjunto de trabajadores (modificaciones colectivas) o sobre un solo trabajador (modificación individual). En ambos casos se tienen que seguir las normas legales establecidas, o el cambio no será válido. Contacte con Abogado Laboral Bilbao para más información.
Se consideran colectivas las modificaciones que afecten a un mínimo de 10 trabajadores en empresas de menos de 100; al 10% de la plantilla en empresas de entre 100 y 300 trabajadores, y a un mínimo de 30 trabajadores para aquellas empresas con más de 300 trabajadores. Informese en Abogado Laboral Bilbao.
En el caso de un trabajador individual, entre otras obligaciones, su empresa tiene que avisarle con un mínimo de 15 días de antelación; también deberá reflejar por escrito las causas por las que está modificando el contrato. Si usted no está de acuerdo tiene derecho a impugnar el cambio, acudiendo a la vía judicial. Si tiene consultas sobre las modificaciones del las condiciones del contrato consulte con Abogado Laboral Bilbao.